El Ministerio Público ha liberado a dos ciudadanos venezolanos intervenidos en flagrancia, juntamente con el delincuente conocido como maldito Chris, exclusivamente por temas procedimentales. Esto abre nuevamente el debate sobre a quién protege el modelo procesal penal garantista, ¿al delincuente o al ciudadano?, considerando que estos sujetos vuelven a las calles a delinquir, poniendo en riesgo la vida, la salud y el patrimonio de los vecinos de la ciudad, solo porque un fiscal prefirió el formalismo a la seguridad ciudadana.
La Constitución en el inciso f), numeral 24, artículo 2° señala que la detención por flagrancia no puede durar más de 48 horas, pero también es cierto, que el Ministerio Público no debe tener un rol pasivo en esta situación; no olvidemos, que en el año 2004 cuando entra en vigor el nuevo Código Procesal Penal, se señaló que una de sus grandes ventajas era que el Ministerio Público dirigiría la investigación de los delitos; mejorando su capacidad de plantear la teoría del caso y, por tanto, su capacidad de defender a la sociedad.
Hoy, a punto de cumplirse 20 años de su promulgación, consideramos que el nuevo Código Procesal Penal fracasó en su objetivo, y que contrario a lo esperado, ha creado una cultura de impunidad en la delincuencia de todo tipo, callejera o mega corrupción. Los delincuentes perciben que la norma procesal está a su favor, lo que la hace ineficiente y perjudicial para la sociedad.
Estas palabras pueden parecer duras, pero reflejan un hecho consistente, la inseguridad ciudadana crece en el país; el último informe INEI sobre seguridad ciudadana, nos dice que el 83.6% de la población urbana se siente insegura, 23.2% ha sido víctima de un delito de forma efectiva; y los delitos de extorsión (22%), secuestro (15.9%) y robo de negocios (8.2) son los que más han crecido en los últimos años. Esto nos indica también que sólo un 17.1% de las personas que sufren un delito lo denuncian, porque consideran que es una pérdida de tiempo (40.2%) y desconfían de la policía (11.4%).

Es tiempo de debatir la vigencia del modelo procesal penal garantista, para corregir distintos aspectos que debilitan la acción del Estado, como devolver la conducción de la investigación criminal a la Policía Nacional del Perú, modificar los mecanismos de conclusión anticipada del proceso, fortalecer el proceso de flagrancia; así como, normas en materia penitenciaria. No se trata de promulgar leyes y más leyes penales, sino atacar el tema de fondo, y ello implica revisar la norma procesal Penal.
Recuperar la confianza ciudadana en materia de seguridad es un objetivo clave para la gestión de cualquier gobierno, ya sea a través del Ministerio del Interior o el Congreso, se debe liderar este esfuerzo. El tiempo es ahora.

Absolutamente de acuerdo, con la opinión expuesta. Toda ley deja de tener sentido; cuando va en perjuicio del bienestar y seguridad de sus ciudadanos. Por ende, es de suma urgencia legal; el que las partes involucradas en crear y promulgar las leyes, se pongan a trabajar en dar una solución inteligente y eficaz, para contrarrestar la activa delincuencia organizada y criminal que sufre diariamente el país. «Por un Perú Justo y Mejor…».